En el presente artículo, la autora expone sus críticas a los fundamentos que el máximo intérprete de la Constitución señaló para avalar la constitucionalidad de que los profesores sean los únicos funcionarios públicos que sean jubilados forzosamente a los 65 años, ya que los demás trabajadores del Estado son jubilados a los 70. Para ello, se cuestiona ¿puede el retiro obligatorio ser discriminatorio? Sobre la base de esta pregunta y de informes de la Unesco, jurisprudencia internacional y el Derecho internacional comparado llega a la conclusión de que en los próximos años se volverá a posponer nuevamente la edad de retiro.