¿La calificación registral frente a la voluntas testatoris?: un comentario a propósito de la resolución N. 178-2014-SUNARP-TR-L, de 11 de Setiembre del 2014
¿La calificación registral frente a la voluntas testatoris?: un comentario a propósito de la resolución N. 178-2014-SUNARP-TR-L, de 11 de Setiembre del 2014
Para la autora el caso planteado es de sumo interés porque el Tribunal Registral se excede en sus competencias a la hora de calificar un asiento, y porque la interpretación que hace del testamento de Doña Carmela Laos García Seminario adolece de errores e imprecisiones que se examinan en este comentario. La testadora justifica y da las razones para que la hija sea desheredada, por lo que el Registrador no puede inscribirla como heredera. En todo caso, la competencia corresponde a los Tribunales ordinarios de justicia, para el supuesto de que se quiera impugnar el testamento, o para el caso en que la hija desheredada pueda contradecir la desheredación (art. 750 Código civil peruano)
De la Fuente, R. (2014). ¿La calificación registral frente a la voluntas testatoris?: Un comentario a propósito de la Resolución N. 178-2014-SUNARP-TR-L. Diálogo con la Jurisprudencia, (195), 212-215.