Si bien es cierto que la autora encuentra, en términos generales, justa la respuesta dada por el Tribunal Constitucional en la sentencia que comenta, al propio tiempo considera que es una sentencia mejorable en tanto se han confundido términos, omitido aspectos relevantes en el análisis y utilizado una argumentación jurídica imprecisa y confusa. Asimismo, en este trabajo se sustenta su posición respecto a los elementos que conforman el derecho a la libertad religiosa y sobre si realmente estamos frente a un Estado laico.