Desde hace algunas décadas, se propone en algunas instituciones —entre las que se cuenta la Corte Constitucional de Colombia— calificar el ejercicio de la prostitución como trabajo sexual, y otorgar a las denominadas trabajadoras sexuales los beneficios establecidos por el Derecho Laboral. La presente investigación, realizada desde la dogmática jurídica, se orienta a determinar si el ejercicio de la prostitución se entiende como trabajo; si merece el debido respeto a la dignidad humana, y si las Sentencias T-629 de 2010 y T-594 de 2016 de la Corte Constitucional de Colombia son deberían ser de obligatorio cumplimiento.