Área de Fundamentos del Derecho - Artículos

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    El valor de la formación romanística del jurista del siglo XXI
    (Universidad de Piura, 2010-11) de la Fuente Hontañón, Rosario
    El presente trabajo pretende poner de relieve la importancia que tiene el estudio del Derecho romano en la formación de los juristas del siglo XXI. La Universidad se encuentra actualmente inmersa en una profunda crisis motivada, entre otras cosas, por la masificación universitaria y por la consideración empresarial de la misma, donde lo que se pretende conseguir es un producto eficaz. Como base sólida para la formación del jurista se considera indispensable el estudio del Derecho Romano, considerado como las humanidades del jurista. Se expondrán las experiencias en la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura que ha incluido en su plan de estudios el curso de Derecho romano, que se explica en el segundo año de estudios, o cuarto ciclo, cuando los estudiantes han cursado otras asignaturas como Historia Universal, Historia del Derecho, Teoría del Derecho, entre otras, con un total de cinco créditos en un semestre, y un total de 70 horas lectivas. Mediante la conjunción de las clases magistrales y el desarrollo de los casos prácticos, se consigue que el estudiante adquiera una terminología jurídica y conozca las instituciones del Derecho patrimonial o privado, sobre las que se asientan en gran parte nuestra civilización occidental. Referencias bibliográficas: DOMINGO, Rafael, Hacia un Derecho global. Reflexiones en torno al Derecho y la globalización, Ed. Thomson& Aranzadi, 2006; d’ORS, Alvaro, Derecho privado romano, Ed. EUNSA, 10 ed., 2004; d’ORS, Nuevos papeles del oficio universitario, Ed. Rialp, Madrid 1980; d’ORS, Alvaro, Presupuestos críticos para el estudio del Derecho romano, Ed. Consejo superior de Investigaciones científicas, Salamanca, 1943; CUENA BOY, Francisco, “Por qué estudiar Derecho romano?, en Anuario de la Facultad de Derecho, Universidad de Extremadura, n.19, 1992 pp. 189-196
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    La persona jurídica como titular de derechos fundamentales
    (Universidad de Piura, 2007-10) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
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    Principales consecuencias de la aplicación de la doble dimensión de los derechos fundamentales
    (Universidad de Piura, 2003) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    A continuación se estudiará el significado y alcance constitucional del principio de la doble dimensión de los derechos fundamentales, para inmediatamente después abordar el análisis de las dos principales consecuencias jurídicas que trae consigo el mencionado principio.
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    La constitucionalización del Derecho Internacional sobre Derechos Humanos vinculante para España
    (Universidad de Piura, 2007-12) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    El análisis jurisprudencial que se realizará a continuación, tiene los dos siguientes objetivos. Primero, poner de manifiesto el amplio espectro de influencia que la doctrina jurisprudencial del TEDH ha ejercido sobre la del TC en lo referente al alcance y significación de concretos derechos fundamentales; y segundo, intentar poner de manifiesto criterios hermenéuticos que definen, llegado el caso concreto, el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental. Por razones de limitación espacial, no se hará referencia más que a algunos derechos fundamentales, y en sus puntos más relevantes.
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    El valor jurídico de la persona humana
    (Universidad de Piura, 2005) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    A Law useless for the human being and life in society, it is not only an ineffectived but illegitimated Law. To detect and face that is necessary to ask if such a Law fits with the legal value of the human being and its rights (Human Rights or Fundamental Rights). At national and international legal stage, Fundamental Rights are considered as the source for freedom, justice and peace in the World, or the foundation of the political order and social peace; or the supreme aim of the State and the Society. If this is the meaning of Fundamental Rights then, political powers must be closed rooted with them, not only through their responsibility to recognize and protect them, but also through the task of promoting their full compulsory force. From this point of view, Fundamental Rights present themselves as absolute realities ahead the State.
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    Los Derechos Humanos: la persona como inicio y fin del derecho
    (Universidad de Piura, 2007-08) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    En el siguiente texto el objetivo es hallar la relación entre Derecho y Persona. No se pretenderá un estudio acabado de esta relación, ni el lugar ni el momento lo permiten. Sí se abordará, sin embargo, el estudio de un aspecto fundamental de esa relación: los llamados derechos humanos. Se debe advertir desde ya que, cuando corresponda, se empleará indistintamente la expresión “derechos humanos” o “derechos fundamentales” para referir a los derechos del hombre por ser tal, debido a que en buena cuenta ya sea desde el derecho internacional o desde el derecho interno, se hace referencia a una misma realidad.
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    La internacionalización de los derechos fundamentales de la Constitución española
    (Universidad de Piura, 2007) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    El análisis jurisprudencial que se realizará en este artículo, tiene los dos siguientes objetivos. Primero, poner de manifiesto el amplio espectro de influencia que la doctrina jurisprudencial del TEDH ha ejercido sobre la del TC en lo referente al alcance y significación de concretos derechos fundamentales; y segundo, intentar poner de manifiesto criterios hermenéuticos que definen, llegado el caso concreto, el contenido constitucionalmente protegido de un derecho fundamental. Por razones de limitación espacial, no se hará referencia más que a algunos derechos fundamentales, y en sus puntos más relevantes.
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    La democracia como bien humano esencial
    (Universidad de Piura, 2010) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    I: La persona como punto de partida. II: El derecho como justicia: los bienes humanos como lo justo humano. III: La democracia como exigencia humana de la organización política de la convivencia social. IV: La positivización de la democracia como exigencia de justicia. V: Conclusiones.
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    La interpretación iusfundamental en el marco de la persona como inicio y fin del derecho
    (Universidad de Piura, 2012) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    El Derecho de hoy en día intenta plantear todas sus prescripciones de cara a la Persona. Esto significa que sus mandatos no serán más vinculantes por el mero hecho de proceder de una autoridad de competencia reconocida, sino que lo será por ser manifestación de una exigencia de justicia que se formula en torno a la Persona. La plena realización de la Persona es la finalidad del sistema jurídico, particularmente del constitucional; esto significará que la plena y real vigencia de los derechos humanos está ordenada como fin a conseguir en la mayor medida de lo posible. Desde estas categorías jurídicas esenciales, se han de expresar herramientas de interpretación tanto formales como materiales, que permitan la construcción de decisiones justas que favorezcan real y plenamente su máxima realización posible.
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    ¿Existen los llamados conflictos entre derechos fundamentales?
    (Universidad de Piura, 2005-01) Castillo Córdova, Luis; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    En la cultura jurídica es común leer y escuchar hablar de conflictos entre derechos fundamentales, para significar aquellos casos en los que un derecho fundamental se encuentra enfrentado a otro derecho fundamental. Esta figura, hoy casi universalmente aceptada, es puesta a juicio en el presente trabajo. Se analiza la doctrina que concibe a los derechos como realidades que pueden entrar en contradicción, para criticar no sólo sus postulados filosóficojurídicos, sino también los mecanismos de solución que se proponen. Se dan a conocer nuevos criterios de interpretación de los derechos constitucionales, de modo que en lugar de aparecer como derechos enfrentados entre sí, puedan ser interpretados como derechos que posibilitan y exigen una convivencia armoniosa.
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    El derecho a la igualdad y medidas de garantía en el Proyecto de Ley Orgánica de igualdad
    (Universidad de Piura, 2006) Mosquera Monelos, Susana; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    Estudio del contenido del derecho fundamental de igualdad en su dimensión formal y material. Análisis de la respuesta doctrinal y jurisprudencial a los problemas que plantea el concepto de igualdad ante la ley y la igualdad en la aplicación de la ley. La cuestión de las acciones positivas o discriminación inversa como cauce para promover la igualdad real. Análisis del proyecto de ley de igualdad y de sus medidas de garantía y promoción de la igualdad real entre hombres y mujeres
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    Some recent problems with the religious education in Spain
    (Universidad de Piura, 2001) Mosquera Monelos, Susana; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
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    La delimitación del plazo y la condición testamentaria en el ámbito registral: ¿Es posible otorgar un testamento bajo condición resolutoria?
    (Universidad de Piura, 2008-05) de la Fuente Hontañón, Rosario; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    En e presente trabajo, la autora analiza las interesantes figuras del fideicomiso testamentario y la sustitución fideicomisaria. En su opinión, si bien estas no han sido contempladas por nuestro Código civil actual, se abre una puerta a su utilización en cuanto el testador, sobre la base de la autonomía privada puede incluir cláusulas introduciendo plazos y condiciones, lo que ha dado origen a una escasa, pero interesante jurisprudencia.
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    [Recensión] La herencia fideicomisaria: desde Roma hasta el Derecho Peruano
    (Universidad de Piura, 2013-11-15) Castán Gómez, Santiago; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    El profesor Santiago Castán Gómez realiza una recensión al libro de la profesora Rosario de la Fuente-Hontañón
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    Estudio del testamento y codicilos del Inca Garcilaso de la Vega: primer humanista peruano (a. 1616)
    (Universidad de Piura, 2010) de la Fuente Hontañón, Rosario; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    En el presente trabajo damos a conocer la última voluntad de Gómez Suárez de Figueroa, el Inca Garcilaso de la Vega, primer humanista peruano, a través de los testamentos y codicilos redactados en 1616, último año de su vida, y que fueron encontrados por el archivero D. Ricardo Gómez y Sánchez en el archivo de protocolos de la Catedral de Córdoba, junto al inventario de los bienes y un memorial, siendo publicados hace ya más de un siglo, en 1908, por Manuel González de la Rosa, pero no ha habido un estudio especial que los contemple desde el punto de vista jurídico. A lo largo de su análisis se pone de relieve tanto la similitud formal con los modelos testamentarios registrados a partir de la primera mitad del siglo XVII, como sus peculiaridades de contenido, y se cierra con su transcripción.
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    Algunas consideraciones sobre el reconocimiento y sanción jurídica de los fideicomisos
    (Universidad de Piura, 2011-07) de la Fuente Hontañón, Rosario; Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Área Departamental de Derecho.
    El presente trabajo comprende el análisis de la historia del reconocimiento y sanción jurídica de los fideicomisos sobre la base de las noticias proporcionadas por las fuentes romanas, tanto jurídicas como literarias. La institución del fideicomiso surge para gratificar a los extranjeros, que carecían de la testamenti factio pasiva necesaria para recibir legados y posteriormente fue utilizada para soslayar las limitaciones de las leges Furia y Voconia, y de las leyes caducarias, o para beneficiar a los postumi alieni y a las personae incertae. Gayo no menciona a la mancipatio familiae como antecedente del fideicommissum, aunque se haga llegar a terceras personas la herencia entera, parte de ella o bienes singulares, sino que ha sido más bien la doctrina moderna la que ha encontrado una analogía en la estructura y en el funcionamiento de ambas figuras.