En torno al derecho a la identidad: ¿enemistad con la realidad y con la ciencia?

Loading...
Thumbnail Image
Date
2017-01
Advisor(s)
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad de Piura
Abstract
La autora realiza un comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Exp. 06040-2015-PA/TC, del 21 de octubre del 2016. El artículo se enfoca en diferenciar sexo de género. Así, mientras la categoría “sexo” es dada por la biología, el dato “género” se construye a partir de distintas variantes (sociales, psicológicas, etc.). De esta forma, el sexo biológico tiene un rasgo primordialmente binario (masculino o femenino) y la identidad de género es un atributo más subjetivo. Para la autora, el Derecho, sobre todo el Civil, protege realidades y obligaciones naturales, como pej. las relaciones paterno-filiales, obligaciones y deberes que se siguen del uso de la biología y de la sexualidad, con independencia de que las personas quieran o no asumirlo. La autora remarca que los Estados no están obligados a legislar permitiendo el cambio de sexo en el Registro civil. El que no exista una ley al respecto, no se puede considerar como una laguna jurídica, sino que es una toma de postura del derecho a favor de una identidad sexual basada en la biología, frente a otros modelos antropológicos hoy en boga como las teorías de transgénero o las teorías queer.
Description
Keywords
Derecho a la identidad, Identidad de género, Sexo (Biología)
Citation
De la Fuente, R. (2017). En torno al derecho a la identidad: ¿enemistad con la realidad y con la ciencia? Gaceta constitucional, (109), 78-86.